12.1 Evaluación (debe quedar clara la determinación de los conocimientos y resultados de aprendizajes necesarios para obtener calificación positiva en el módulo)
12.1.1 Procedimientos de evaluación
Los de primero:
a) Sesión de evaluación inicial
Artículo 14.– Sesión de evaluación inicial.
Al comienzo de las actividades del ciclo formativo, el equipo docente realizará una sesión de evaluación inicial del alumnado, que tendrá por objeto conocer las características y la formación previa de cada alumno, así como sus capacidades. En esta sesión, el profesor que se encargue de la tutoría dará la información disponible sobre las características generales del grupo o sobre las circunstancias específicamente académicas, o personales con incidencia educativa, de cuantos alumnos lo componen.
b) Sesiones de evaluación trimestrales de primer curso.
c) Primera sesión de evaluación final de primer curso.
Artículo 16.– Primera sesión de evaluación final del primer curso.
1.– La primera sesión de evaluación final del primer curso se realizará en el mes de junio y en ella se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
a) Evaluación y calificación final de los módulos profesionales cursados en el centro educativo durante el primer curso.
d) Segunda sesión de evaluación final de primer curso.
Artículo 17.– Segunda sesión de evaluación final del primer curso.
1.– La segunda sesión de evaluación final del primer curso se celebrará en función de las fechas que se establezcan por la Consejería competente en materia de educación, llevándose a cabo las siguientes actuaciones:
a) Evaluación y calificación de módulos profesionales pendientes.
e) Sesión excepcional.
Los de segundo:
a) Sesión de evaluación primer trimestre de segundo curso.
b) Sesión de evaluación segundo trimestre de segundo curso.
Artículo 19.– Sesión de evaluación del segundo trimestre del segundo curso.
1.– En la sesión de evaluación del segundo trimestre del segundo curso se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
a) Evaluación y calificación final de los módulos profesionales cursados en el centro educativo durante el segundo curso. Previamente, se evaluarán también los módulos profesionales pendientes del primer curso.
c) Primera sesión de evaluación final de segundo curso.
Artículo 20.– Primera sesión de evaluación final del segundo curso.
1.– La sesión de evaluación del tercer trimestre coincidirá con la sesión de evaluación final de segundo curso.
La Promoción de Alumnos se realizará de acuerdo a la normativa vigente:
d) Segunda sesión de evaluación final de segundo curso.
e) Sesión excepcional.
El proceso de evaluación se llevará a cabo mediante los siguientes instrumentos:
Como resultado de la aplicación de los porcentajes presentados en la tabla anterior (se refiere a una tabla resumen con los porcentajes que supone cada una partes que califica durante la evaluación) se obtendrá una nota con una precisión de un decimal, que se redondeará al entero más cercano; no obstante, en los futuros cálculos en los que se utilicen estos resultados del alumno, se empleará la nota previa al redondeo.
A efectos de redondeo, los decimales inferiores o iguales a 0,5 se redondearán al entero más bajo. Los superiores a 0,5 al entero más alto. Esta regla tiene dos excepciones: la franja entre 4 y 5 se redondeará siempre a 4 y las notas inferiores a 1 se redondearán a 1.
El alumno habrá superado el módulo cuando la nota final del módulo sea igual o superior a cinco.
Copiar en un examen utilizando cualquier medio supondrá la retirada inmediata del examen y su calificación con Insuficiente cero.
Actuaciones para evaluar los resultados de aprendizaje (procedimientos e instrumentos de evaluación de los alumnos y criterios de calificación), se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente.
12.1.4 Medidas de atención a la diversidad
En este punto hemos de considerar que en el aula nos podemos encontrar con alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria debido a que nuestro alumnado es muy heterogéneo respecto a niveles de edad, académicos, profesionales, intereses...Estos alumnos van a necesitar unas adaptaciones no significativas, como pueden ser la modificación temporal para la consecución de objetivos, adapataciones metodológicas o materiales y recursos didácticos.
El profesor ha de procurar adaptar su enseñanza a las características individuales de sus alumnos. Estos alumnos tienen unas necesidades educativas compartidas por todos que son satisfechas mediante las actuaciones pedagógicas ordinarias, otras que pueden ser ocasionales y que una vez superadas el alumno se reintegra a la dinámica de aprendizaje del grupo y otras específicas de algunos alumnos a los que los recursos pedagógicos habituales no bastan y exigen actuaciones especiales como pueden ser los apoyos y refuerzos educativos, la elaboración de adaptaciones curriculares o programas de enriquecimiento curricular dependiendo de los casos.
Un dato a tener en cuenta a la hora de plantearnos la programación es la creciente asistencia a clase de alumnos de otras nacionalidades que con frecuencia plantean el problema del poco conocimiento del idioma castellano.
Por tanto evaluaremos a estos alumnos en función de los objetivos generales mínimos establecidos en el título y adquisición de competencias profesionales, personales y sociales del alumno.
Estas adaptaciones curriculares serán no significativas puesto que no pueden implicar supresión de objetivos y contenidos básicos, sino que se podrá:
Conceptos:
a) Adaptaciones curiculares individualizadas no significativas (ACI-ns), que no alteran en lo fundamental los objetivos y contenidos de la programación. Pueden suponer dar prioridad a determinados objetivos o contenidos, cambios en la temporalización, introdución de contenidos de refuerzo o ampliación o variaciones en la frecuencia y características de las pruebas de evaluación.
b) Adaptaciones curiculares individualizadas significativas (ACI-s), que afectan a contenidos esenciales de la materia y en las que se renuncia a aprendizajes que se consideran básicos. Estas adaptaciones se realizarán sólo cuando, tras una evaluación psicopedagógica por parte del Departamento de Orientación, se determine su necesidad para compensar déficits aptiudinales o socioculturales.
Medidas de atención a la diversidad (adaptación de criterios y procedimientos de evaluación), se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente.
12.2 Reclamación a las decisiones de evaluación trimestrales
Procedimiento y los plazos para la presentación y tramitación de las posibles reclamaciones a las decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones trimestrales, se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente
12.3 Evaluación de los alumnos que han perdido la evaluación continua
Procedimientos y plazos para la presentación de actividades.
Número máximo de faltas de asistencia no justificadas o las actividades no realizadas que determinarán la imposibilidad de aplicar la evaluación continua en el módulo, se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente.
Procedimiento a seguir para la evaluación del alumno que no pueda aplicarse la evaluación continúa, se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente
12.4 Planificación de las actividades de recuperación
La relación de trabajos a entregar serán los trabajados a lo largo del curso y que constan para cada unidad de trabajo en el apartado 8. Para la valoración de este apartado, se tendrán en cuenta tanto los trabajos y actividades que ya haya realizado el alumno/a antes de perder su derecho a evaluación continua como aquellos trabajos y actividades que se le propongan una vez que haya perdido el mencionado derecho. Por ello, el alumno deberá presentar el día fijado por la Dirección Pedagógica del Centro para la prueba escrita las actividades del apartado 8.
Procedimientos y plazos para la presentación de actividades.
Tutorización de Marzo a Junio.
Actividades a presentar.
Actividades de recuperación, se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente.
12.5 Evaluación de la acción docente
12.1.1 Procedimientos de evaluación
Los de primero:
a) Sesión de evaluación inicial
Artículo 14.– Sesión de evaluación inicial.
Al comienzo de las actividades del ciclo formativo, el equipo docente realizará una sesión de evaluación inicial del alumnado, que tendrá por objeto conocer las características y la formación previa de cada alumno, así como sus capacidades. En esta sesión, el profesor que se encargue de la tutoría dará la información disponible sobre las características generales del grupo o sobre las circunstancias específicamente académicas, o personales con incidencia educativa, de cuantos alumnos lo componen.
b) Sesiones de evaluación trimestrales de primer curso.
c) Primera sesión de evaluación final de primer curso.
Artículo 16.– Primera sesión de evaluación final del primer curso.
1.– La primera sesión de evaluación final del primer curso se realizará en el mes de junio y en ella se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
a) Evaluación y calificación final de los módulos profesionales cursados en el centro educativo durante el primer curso.
d) Segunda sesión de evaluación final de primer curso.
Artículo 17.– Segunda sesión de evaluación final del primer curso.
1.– La segunda sesión de evaluación final del primer curso se celebrará en función de las fechas que se establezcan por la Consejería competente en materia de educación, llevándose a cabo las siguientes actuaciones:
a) Evaluación y calificación de módulos profesionales pendientes.
e) Sesión excepcional.
Los de segundo:
a) Sesión de evaluación primer trimestre de segundo curso.
b) Sesión de evaluación segundo trimestre de segundo curso.
Artículo 19.– Sesión de evaluación del segundo trimestre del segundo curso.
1.– En la sesión de evaluación del segundo trimestre del segundo curso se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
a) Evaluación y calificación final de los módulos profesionales cursados en el centro educativo durante el segundo curso. Previamente, se evaluarán también los módulos profesionales pendientes del primer curso.
c) Primera sesión de evaluación final de segundo curso.
Artículo 20.– Primera sesión de evaluación final del segundo curso.
1.– La sesión de evaluación del tercer trimestre coincidirá con la sesión de evaluación final de segundo curso.
La Promoción de Alumnos se realizará de acuerdo a la normativa vigente:
d) Segunda sesión de evaluación final de segundo curso.
e) Sesión excepcional.
- ORDEN EDU/2169/2008 de 28 de diciembre
- ORDEN EDU/580/2012 de 13 de julio
- Real Decreto 1631/2009, de 30 de octubre
El proceso de evaluación se llevará a cabo mediante los siguientes instrumentos:
- Pruebas escritas (una o dos por trimestre)
- Supuestos y ejercicios prácticos realizados por el alumno durante el trascurso de cada trimestre.
- Observación de asistencia y actitud en clase
Como resultado de la aplicación de los porcentajes presentados en la tabla anterior (se refiere a una tabla resumen con los porcentajes que supone cada una partes que califica durante la evaluación) se obtendrá una nota con una precisión de un decimal, que se redondeará al entero más cercano; no obstante, en los futuros cálculos en los que se utilicen estos resultados del alumno, se empleará la nota previa al redondeo.
A efectos de redondeo, los decimales inferiores o iguales a 0,5 se redondearán al entero más bajo. Los superiores a 0,5 al entero más alto. Esta regla tiene dos excepciones: la franja entre 4 y 5 se redondeará siempre a 4 y las notas inferiores a 1 se redondearán a 1.
El alumno habrá superado el módulo cuando la nota final del módulo sea igual o superior a cinco.
Copiar en un examen utilizando cualquier medio supondrá la retirada inmediata del examen y su calificación con Insuficiente cero.
Actuaciones para evaluar los resultados de aprendizaje (procedimientos e instrumentos de evaluación de los alumnos y criterios de calificación), se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente.
12.1.4 Medidas de atención a la diversidad
En este punto hemos de considerar que en el aula nos podemos encontrar con alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria debido a que nuestro alumnado es muy heterogéneo respecto a niveles de edad, académicos, profesionales, intereses...Estos alumnos van a necesitar unas adaptaciones no significativas, como pueden ser la modificación temporal para la consecución de objetivos, adapataciones metodológicas o materiales y recursos didácticos.
El profesor ha de procurar adaptar su enseñanza a las características individuales de sus alumnos. Estos alumnos tienen unas necesidades educativas compartidas por todos que son satisfechas mediante las actuaciones pedagógicas ordinarias, otras que pueden ser ocasionales y que una vez superadas el alumno se reintegra a la dinámica de aprendizaje del grupo y otras específicas de algunos alumnos a los que los recursos pedagógicos habituales no bastan y exigen actuaciones especiales como pueden ser los apoyos y refuerzos educativos, la elaboración de adaptaciones curriculares o programas de enriquecimiento curricular dependiendo de los casos.
Un dato a tener en cuenta a la hora de plantearnos la programación es la creciente asistencia a clase de alumnos de otras nacionalidades que con frecuencia plantean el problema del poco conocimiento del idioma castellano.
Por tanto evaluaremos a estos alumnos en función de los objetivos generales mínimos establecidos en el título y adquisición de competencias profesionales, personales y sociales del alumno.
Estas adaptaciones curriculares serán no significativas puesto que no pueden implicar supresión de objetivos y contenidos básicos, sino que se podrá:
- Se modifica la metodología.
- Se modifican y adaptan los materiales y recursos didácticos.
- Se seleccionan los contenidos y objetivos del currículo. Sin que en ningún momento se alteren los contenidos mínimos y los objetivos generales del ciclo.
Conceptos:
a) Adaptaciones curiculares individualizadas no significativas (ACI-ns), que no alteran en lo fundamental los objetivos y contenidos de la programación. Pueden suponer dar prioridad a determinados objetivos o contenidos, cambios en la temporalización, introdución de contenidos de refuerzo o ampliación o variaciones en la frecuencia y características de las pruebas de evaluación.
b) Adaptaciones curiculares individualizadas significativas (ACI-s), que afectan a contenidos esenciales de la materia y en las que se renuncia a aprendizajes que se consideran básicos. Estas adaptaciones se realizarán sólo cuando, tras una evaluación psicopedagógica por parte del Departamento de Orientación, se determine su necesidad para compensar déficits aptiudinales o socioculturales.
Medidas de atención a la diversidad (adaptación de criterios y procedimientos de evaluación), se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente.
12.2 Reclamación a las decisiones de evaluación trimestrales
Procedimiento y los plazos para la presentación y tramitación de las posibles reclamaciones a las decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones trimestrales, se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente
12.3 Evaluación de los alumnos que han perdido la evaluación continua
Procedimientos y plazos para la presentación de actividades.
Número máximo de faltas de asistencia no justificadas o las actividades no realizadas que determinarán la imposibilidad de aplicar la evaluación continua en el módulo, se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente.
Procedimiento a seguir para la evaluación del alumno que no pueda aplicarse la evaluación continúa, se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente
12.4 Planificación de las actividades de recuperación
La relación de trabajos a entregar serán los trabajados a lo largo del curso y que constan para cada unidad de trabajo en el apartado 8. Para la valoración de este apartado, se tendrán en cuenta tanto los trabajos y actividades que ya haya realizado el alumno/a antes de perder su derecho a evaluación continua como aquellos trabajos y actividades que se le propongan una vez que haya perdido el mencionado derecho. Por ello, el alumno deberá presentar el día fijado por la Dirección Pedagógica del Centro para la prueba escrita las actividades del apartado 8.
Procedimientos y plazos para la presentación de actividades.
Tutorización de Marzo a Junio.
Actividades a presentar.
Actividades de recuperación, se comprobarán por la adquinistración que están bien desarrollados y que se adecúan a la normativa vigente.
12.5 Evaluación de la acción docente