Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en su artículo 7 apdo b) establece al hablar del perfil profesional que Las competencias profesionales, personales y sociales. Describen el conjunto de conocimientos, destrezas y competencia, entendida ésta en términos de autonomía y responsabilidad, que permiten responder a los requerimientos del sector productivo, aumentar la empleabilidad y favorecer la cohesión social. En ell Anexo II del Decreto (BOCYL) se establecen los competencias profesionales, personales y sociales que cada módulo contribuye a alcanzar. |